Este programa no es una subvención directa, sino un aval de la Comunidad de Madrid para que las entidades bancarias adheridas (Santander, CaixaBank, Unicaja, Kutxabank, etc.) puedan conceder hipotecas que superan el 80% de la financiación, llegando hasta el 95% del valor de la vivienda (siempre el menor entre el precio de compraventa y la tasación).
1. Requisitos del Solicitante (Comprador)
| Requisito | Detalle Principal |
| Edad (General) | Ser mayor de edad y no haber cumplido los 41 años en el momento de la solicitud. |
| Edad (Excepciones) | Sin límite de edad para: * Familias Numerosas o Monoparentales. * Quienes hayan tenido un hijo (nacimiento o adopción) en el año de la convocatoria. |
| Residencia | Acreditar la residencia legal y continuada en la Comunidad de Madrid durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud. |
| Propiedad | No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional. |
| Solvencia | Demostrar solvencia económica suficiente para hacer frente al pago de la cuota hipotecaria. |
| Ahorro Mínimo | Aunque el aval cubre hasta el 95% del precio, el comprador debe seguir aportando al menos el 10% – 12% del precio de compra para cubrir los gastos e impuestos (ITP/IVA, notaría, etc.). |
2. Requisitos de la Vivienda
| Requisito | Detalle Principal |
| Ubicación | La vivienda debe estar obligatoriamente situada en la Comunidad de Madrid. (Esto excluye la Mesa de Ocaña, que está en Castilla-La Mancha). |
| Precio Máximo | El precio de adquisición de la vivienda (sin incluir gastos ni tributos) no debe superar los 390.000 €. |
| Destino | Debe destinarse a vivienda habitual y permanente. El comprador debe comprometerse a residir en ella durante un mínimo de dos años desde la compraventa. |
3. Proceso y Documentación Clave
- No se pide a la Comunidad: La solicitud no se presenta directamente a la Comunidad de Madrid, sino en una de las entidades bancarias adheridas al convenio.
- Documentación Esencial: Necesitarás documentos que acrediten:
- Tu identidad y edad (DNI).
- Tu residencia (Certificado de Empadronamiento de los últimos dos años).
- Tu no-propiedad de otras viviendas (Nota simple del Registro de la Propiedad y Certificado Negativo del Catastro).
- Tu solvencia (Nóminas, Contrato de Trabajo, Declaración de la Renta, Vida Laboral).
- La operación (Contrato de arras o preacuerdo de compraventa).
💡 Nota importante sobre el Sur de Madrid y la Mesa de Ocaña
- El límite de 390.000 € es muy favorable para la zona Sur de Madrid (Getafe, Fuenlabrada, Leganés, Alcorcón, Móstoles, etc.), ya que muchos pisos entran en este rango.
- ⚠️ Exclusión de Ocaña: Lamentablemente, el programa “Mi Primera Vivienda” de la Comunidad de Madrid solo aplica a viviendas dentro de esta comunidad, por lo que los pisos en la Mesa de Ocaña (Ocaña, Yepes, etc., que están en Toledo/Castilla-La Mancha) no son elegibles para este aval específico.
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